Poder Judicial del Estado de Tabasco

Paulatino y ordenado Avala justicia federal reinicio de impartición de justicia en Tabasco



Villahermosa, Tab., 1 de junio de 2020.                                           No.- 045.

 

Paulatino y ordenado

Avala justicia federal reinicio de impartición de justicia en Tabasco

 

·        Niegan suspensión previsional y de plano al licenciado Donaciano Quen Pérez, presidente de una asociación civil; pretendía detener actividad esencial del Estado mexicano

·        La impartición de justicia es esencial e “insuspendible”, señala resolución del juez quinto de distrito en la entidad

 

Por ser la impartición de justicia una actividad esencial e “insuspendible” del Estado mexicano, el juez quinto de distrito del décimo circuito en Tabasco negó la protección de la justicia federal al licenciado Donaciano Quen Pérez, quien a nombre de una asociación civil solicitó se paralizara el regreso paulatino, cauteloso y gradual a la normalidad que este lunes inició el Poder Judicial con 50 por ciento de su personal, un escrupuloso protocolo de medidas para el cuidado de la salud de los justiciables y los trabajadores y con los empleados vulnerables laborando desde casa.    

         Luego de analizar minuciosamente el Protocolo para el regreso a la nueva normalidad del Poder Judicial de Tabasco, aprobado por los plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura para el retorno a las actividades, el juez Pedro José Zorrilla Ricárdez consideró que si concediera la suspensión provisional y de plano del acto reclamado se actuaría en contra de la norma federal publicada por la Secretaría de Salud del gobierno de la República en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo.

Ésta, explicó, es de orden público y prevé la reapertura de las actividades económicas del país, pero también la contención del riesgo epidemiológico ocasionado por la pandemia del SARS-CoV-2, y por tanto negó la suspensión del acuerdo general conjunto 05/2020, solicitada.

Al responder al licenciado Quen Pérez --quien firma como presidente de una asociación civil, no como dirigente sindical del Poder Judicial-- y a Karen Rocío Notario Izquierdo, secretaria general de la asociación, únicos solicitantes del amparo, el juzgador federal explicó que el acuerdo general conjunto 05/2020 emitido el 28 de mayo pasado, que pretendían invalidar, establece medidas específicas para proteger a los trabajadores considerados población vulnerable por la Secretaría de Salud federal --quienes están laborando desde sus domicilios--, así como a los servidores judiciales con hijos menores de seis años que no cuenten con personas que se los cuiden.

En su determinación, Zorrilla Ricárdez refiere además que el citado protocolo, de 32 cuartillas, solicita expresamente a los servidores públicos, litigantes y público en general  que se abstengan de ingresar a las instalaciones del Poder Judicial si presentan síntomas de enfermedades respiratorias y en su caso, que sean atendidos por médicos oportunamente.

El documento señala que los trabajadores que acudan a oficinas --esto es, las personas sanas, menores de 60 años y sin diagnóstico de diabetes mellitus, enfermedades cardíacas o pulmonares crónicas o inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática, así como embarazadas o en puerperio-- deberán presentarse sin bigote ni barba, abstenerse de usar joyería o corbata y preferentemente con el cabello corto y recogido, así como con camisa o blusa de manga larga para mayor protección.  

 En su resolución, el juzgador asevera que pese a que el semáforo epidemiológico indica riesgo máximo, ello no trae aparejado el cierre de actividades esenciales como la administración de justicia.

Subraya que la autoridad sanitaria es la que cuenta con el verdadero pulso de la pandemia, y la cual ha establecido la obligación de activar protocolos, asegurar una distancia mínima de 1.5 metros entre cada persona, flexibilizar horarios y poner en marcha turnos escalonados, así como filtros de ingreso y egreso de las instalaciones, lo que se cumple en el caso del Poder Judicial.    

Incluso, indica, el acuerdo general 05/2020 mantiene vigentes muchas de las medidas que se venían aplicando mediante los acuerdos generales 01/2020, 02/2020, 03/2020 y 04/2020, a partir del 20 de marzo pasado en que inició el receso por la emergencia sanitaria y que se prolongó por 73 días.

Menciona que las autoridades del Poder Judicial tabasqueño han dispuesto además la dotación de guantes, caretas acrílicas y gel para el personal en juzgados, salas del Tribunal Superior de Justicia y áreas administrativas, tapetes sanitizantes y la medición de temperatura para quienes quieran acceder a sus instalaciones, así como evitar congregaciones de más de 50 personas.

El licenciado Quen Pérez presentó su juicio de garantías como presidente de una asociación civil, no como secretario general del sindicato del Poder Judicial reconocido por las autoridades laborales en Tabasco. Cabe precisar que, por su naturaleza, un juicio de amparo no es de aplicación general y protege únicamente a quien lo solicita.   

 

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