Paulatino y ordenado Avala justicia federal reinicio de impartición de justicia en Tabasco
Villahermosa, Tab., 1 de junio de 2020. No.-
045.
Paulatino y ordenado
Avala justicia federal reinicio de
impartición de justicia en Tabasco
·
Niegan
suspensión previsional y de plano al licenciado Donaciano Quen Pérez,
presidente de una asociación civil; pretendía detener actividad esencial del
Estado mexicano
·
La
impartición de justicia es esencial e “insuspendible”, señala resolución del
juez quinto de distrito en la entidad
Por ser la impartición de
justicia una actividad esencial e “insuspendible” del Estado mexicano, el juez
quinto de distrito del décimo circuito en Tabasco negó la protección de la
justicia federal al licenciado Donaciano Quen Pérez, quien a nombre de una
asociación civil solicitó se paralizara el regreso paulatino, cauteloso y
gradual a la normalidad que este lunes inició el Poder Judicial con 50 por
ciento de su personal, un escrupuloso protocolo de medidas para el cuidado de
la salud de los justiciables y los trabajadores y con los empleados vulnerables
laborando desde casa.
Luego de analizar minuciosamente el Protocolo para el
regreso a la nueva normalidad del Poder Judicial de Tabasco, aprobado por los
plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura para el
retorno a las actividades, el juez Pedro José Zorrilla Ricárdez consideró que si
concediera la suspensión provisional y de plano del acto reclamado se actuaría
en contra de la norma federal publicada por la Secretaría de Salud del gobierno
de la República en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo.
Ésta,
explicó, es de orden público y prevé la reapertura de las actividades
económicas del país, pero también la contención del riesgo epidemiológico
ocasionado por la pandemia del SARS-CoV-2, y por tanto negó la suspensión del
acuerdo general conjunto 05/2020, solicitada.
Al
responder al licenciado Quen Pérez --quien firma como presidente de una
asociación civil, no como dirigente sindical del Poder Judicial-- y a Karen
Rocío Notario Izquierdo, secretaria general de la asociación, únicos
solicitantes del amparo, el juzgador federal explicó que el acuerdo general
conjunto 05/2020 emitido el 28 de mayo pasado, que pretendían invalidar,
establece medidas específicas para proteger a los trabajadores considerados
población vulnerable por la Secretaría de Salud federal --quienes están
laborando desde sus domicilios--, así como a los servidores judiciales con
hijos menores de seis años que no cuenten con personas que se los cuiden.
En
su determinación, Zorrilla Ricárdez refiere además que el citado protocolo, de
32 cuartillas, solicita expresamente a los servidores públicos, litigantes y
público en general que se abstengan de
ingresar a las instalaciones del Poder Judicial si presentan síntomas de
enfermedades respiratorias y en su caso, que sean atendidos por médicos oportunamente.
El
documento señala que los trabajadores que acudan a oficinas --esto es, las
personas sanas, menores de 60 años y sin diagnóstico de diabetes mellitus,
enfermedades cardíacas o pulmonares crónicas o inmunosupresión (adquirida
o provocada), insuficiencia renal o hepática, así como embarazadas o en
puerperio-- deberán presentarse sin bigote ni barba, abstenerse de usar joyería
o corbata y preferentemente con el cabello corto y recogido, así como con
camisa o blusa de manga larga para mayor protección.
En su resolución, el juzgador asevera que pese
a que el semáforo epidemiológico indica riesgo máximo, ello no trae aparejado
el cierre de actividades esenciales como la administración de justicia.
Subraya
que la autoridad sanitaria es la que cuenta con el verdadero pulso de la
pandemia, y la cual ha establecido la obligación de activar protocolos,
asegurar una distancia mínima de 1.5 metros entre cada persona, flexibilizar
horarios y poner en marcha turnos escalonados, así como filtros de ingreso y
egreso de las instalaciones, lo que se cumple en el caso del Poder
Judicial.
Incluso,
indica, el acuerdo general 05/2020 mantiene vigentes muchas de las medidas que
se venían aplicando mediante los acuerdos generales 01/2020, 02/2020, 03/2020 y
04/2020, a partir del 20 de marzo pasado en que inició el receso por la
emergencia sanitaria y que se prolongó por 73 días.
Menciona
que las autoridades del Poder Judicial tabasqueño han dispuesto además la
dotación de guantes, caretas acrílicas y gel para el personal en juzgados,
salas del Tribunal Superior de Justicia y áreas administrativas, tapetes
sanitizantes y la medición de temperatura para quienes quieran acceder a sus
instalaciones, así como evitar congregaciones de más de 50 personas.
El
licenciado Quen Pérez presentó su juicio de garantías como presidente de una
asociación civil, no como secretario general del sindicato del Poder Judicial
reconocido por las autoridades laborales en Tabasco. Cabe precisar que, por su
naturaleza, un juicio de amparo no es de aplicación general y protege
únicamente a quien lo solicita.
***