Poder Judicial respeta derechos humanos
Villahermosa, Tab., 19
de marzo de 2021. No.- 019.
Poder Judicial
respeta derechos humanos
En respuesta a afirmaciones
de la licenciada Verónica Valenzuela Pernas, quien se asume como testigo
presencial en una audiencia de debate de juicio oral en el juzgado primero de
control y tribunal de enjuiciamiento de la región 8 con sede en Cárdenas,
celebrada el 12 de marzo, el Poder Judicial de Tabasco puntualiza:
Es
una falacia que la ciudadana Valenzuela Pernas haya comparecido al juicio
desahogado en el tribunal de enjuiciamiento de Cárdenas, en calidad de testigo
presencial, dentro de la causa 704/2019, donde una menor de identidad reservada
resulta ser víctima del delito de pederastia, del que se imputa a Misael “N”, ya
que no es parte de la lista de testigos ofertados en la etapa intermedia.
Ese
día no fue citado testigo alguno por parte del órgano jurisdiccional, en razón
que la etapa de desahogo de pruebas ya había concluido y el viernes 12 de marzo
únicamente se citó al fiscal del Ministerio Público, el asesor jurídico
público, la representante de la menor víctima, el defensor público y el
acusado, para emitir alegatos de clausura.
Dado
que no se realizaría desahogo de algún medio de prueba, el fiscal del Ministerio
Público no anunció ni en ningún momento se requirió la presencia de la menor
víctima, y de ello existen constancias videograbadas, como ocurre de manera
cotidiana en el sistema penal acusatorio adversarial
Al
no tener conocimiento de que la menor se encontraba en el sitio, el tribunal
colegiado conformado por tres juezas no la podía resguardar en la sala de
espera de juicios orales. Las juzgadoras
estaban en la sala de audiencias y por ende, desconocían lo que ocurría fuera
de ella o los alrededores del edificio.
Se
ignoran las razones por las cuales la menor se encontraba en el exterior de la
sala de audiencias, sitio al que llegó acompañada de su padre. De estos hechos
se procedió al levantamiento de un acta circunstanciada, para determinar lo que
en Derecho corresponda.
Quien
escuchó la petición de la licenciada Valenzuela Pernas fue la jefa de sala del
juzgado de control, nunca la jueza, debido a que por ley la juzgadora está
impedida para estar en contacto con las partes fuera de juicio.
Los
actos referidos por la licenciada Valenzuela Pernas en rueda de prensa de la
Red de Colectivas Feministas Tabasqueñas --reclasificación de la acusación y la
carpeta de investigación-- son propios de la actividad del Ministerio Público.
En el sistema acusatorio adversarial los juzgadores no cuentan con carpetas de
investigación y únicamente se allegan de los datos a través de lo que expresen
las partes o, en la etapa de juicio, de lo que aduzcan los testigos al momento
de declarar en audiencia de debate.
Es
menester reiterar que en los casos en que el fiscal del Ministerio Público
conduce a menores a una audiencia lo anuncia a la administración del juzgado de
oralidad para resguardarlos en la sala de testigos protegidos de manera que no
se vulneren derechos fundamentales, de conformidad con el Protocolo de Actuación
para Quienes Imparten Justicia en Casos que Involucren a Niñas, Niños y Adolescentes,
emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los
menores son conducidos a la sala de testigos protegidos, para que no tengan
contacto con persona distinta a los funcionarios del juzgado encargados de la
logística del juicio.
Por
tanto, el Poder Judicial de Tabasco subraya su respeto irrestricto a los
derechos humanos tanto de víctimas como imputados, dado que mantiene especial
cuidado del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada
por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el 20
de noviembre de 1989.
Si
como sostiene la licenciada Valenzuela Pernas ya interpuso una queja sobre este
asunto ante el Consejo de la Judicatura, será esta instancia --en los plazos y
términos que la ley establece--, la que determinará lo que en Derecho
corresponda, sin menoscabo de los derechos que asisten a los involucrados, pero
sin presiones de tipo mediático.
El
Poder Judicial rechaza categóricamente cualquier afirmación dolosa que pretenda
manchar el cumplimiento de las obligaciones que establece la Constitución
Política de México, así como tratados y convenciones firmados por nuestro país,
en el ánimo de respetar los derechos inmanentes a cada ser humano, lo cual
quedó asentado en la reforma constitucional de 2011.
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