Capacitan a personal de juzgados y tribunales de juicio oral
Villahermosa, Tab., 3 de
julio de 2019. No.- 0087.
Capacitan
a personal de juzgados
y
tribunales de oralidad
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Durante
dos meses se llevó a cabo el curso-taller Práctica Forense de Actas Mínimas,
para homologar criterios
Para dar certeza jurídica
al justiciable, el Poder Judicial impulsó el curso-taller Práctica Forense de
Actas Mínimas, dirigido a personal adscrito a los juzgados y tribunales de
oralidad, ya que pese a que la
diferencia de opiniones entre jueces es buena, puede crear desconfianza en la
ciudadanía cuando se emite una resolución judicial.
Para
mejorar la elaboración de estas actas, durante dos meses el Centro de
Especialización Judicial implementó esta capacitación en las regiones I, con
sede en Macuspana; VIII, de Cárdenas y IX, del
municipio de Centro la cual estuvo a cargo de los instructores Anabel
Cristina Peláez Santiago, Yoni Ramírez Gómez y Alejandra Sánchez May, así como
el juez Gilberto Melquiades Miranda Díaz, quienes diseccionaron temas como las
etapas de investigación, intermedia y de debate, esta última desarrollada
durante el juicio oral.
Miranda
Díaz, juez de enjuiciamiento con 18 años de experiencia en el Poder Judicial, señaló
que el taller se dio a partir de la preocupación por homologar criterios sobre la
información básica o esencial y la forma correcta sobre cómo se deben redactar las
actas mínimas de audiencias iniciales, de control de detención o de vinculación
a proceso, las cuales son relevantes
para la etapa de juicio oral.
Explicó
que debido a que hay preocupación por la carga de trabajo en juzgados y la
movilidad de los jueces en cada región, la redacción ágil y clara facilita el
desempeño de los juzgadores, ya que significa beneficio directo para su trabajo,
se acortan los tiempos de las audiencias y éstas se desarrollan de manera
fluida.
Casi
como regla general, los códigos de procedimientos ordenan el registro escrito --en
forma de acta mínima-- de las audiencias orales en el sistema de justicia penal
acusatorio de México. Esencialmente, esta acta contiene la fecha, lugar y hora
de realización, el nombre y cargo de los funcionarios, así como las personas
que hubieran intervenido y la mención de los actos procesales realizados, y
será firmada únicamente por el juez.
Con
ella cualquier juez puede verificar qué sucedió en una audiencia anterior, qué
pormenores hay y si surge una controversia en la audiencia puede verificar el
acta mínima sin tener que decretar un receso para revisar el video o audio, a
menos que haya una controversia difícil entre las partes.
El
juez Gilberto Melquiades Miranda mencionó que este tipo de cursos es
prioritario porque se facilita la labor del personal de las unidades de causa y
de sala, así como auxiliares, quienes además de tener conocimiento directo de
la información básica que debe contener el acta mínima también adquieren
conocimiento sobre redacción.
Explicó
que en la Ley Orgánica del Poder Judicial o el Código Nacional de
Procedimientos Penales no se precisan las características de un acta mínima por
ello con el curso taller y con la ayuda de los asistentes se podrá crear un
formato o modelo de redacción que sirva a todos los que operan el sistema, y dé
certeza jurídica a los usuarios del servicio de administración de justicia.
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