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Poder Judicial, punta de lanza en implementación de reforma a justicia civil

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Villahermosa, Tab., 17 de mayo de 2024.                                            No.- 030.

 

Tabasco, ejemplo a nivel nacional

Poder Judicial, punta de lanza

en implementación de reforma a justicia civil

 

·        A invitación del titular del TSJ, Enrique Priego Oropeza, la senadora Olga Sánchez Cordero analiza avances y retos en implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

·        Va super avanzadísimo trabajo de implementación, indica la presidente de la Comisión de Justicia del Senado

·        Felipe Alejandro Zegbe Camarena, secretario técnico de la comisión, plantea que debe haber corresponsabilidad de los tres poderes en estados para materializar la reforma

·        En México 76.4 por ciento de juicios de pensión alimenticia registran incumplimiento parcial o total, revela jueza Sabela Patricia Asiain Hernández

 

El Poder Judicial de Tabasco es “ejemplo” y “punta de lanza” en la implementación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, subrayó la presidente de la Comisión de Justicia del Senado, Olga Sánchez Cordero Dávila, quien acudió a la entidad para evaluar políticas y directrices para la materialización de la reforma que dará celeridad a la justicia, ya que más de 70 por ciento de los asuntos resueltos en tribunales locales son de carácter civil, familiar y mercantil.

 

Al participar en el conversatorio El Nuevo Sistema Procesal Civil y Familiar, invitada por el titular del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Enrique Priego Oropeza, la ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) expresó su reconocimiento a la labor del presidente del Poder Judicial, con quien le une una gran amistad dada su labor como notarios públicos, así como a la Comisión para la Instrumentación y Consolidación del Nuevo Sistema Procesal de Impartición de Justicia en Materia Civil y Familiar.

 

Y consideró estos avances música para sus oídos. “Aquí sí. Aquí va super avanzadísimo (el trabajo de implementación), y el gusto que más me da es que lo acogieron como propio y lo socializaron.

 

“Estoy altamente bien impresionada de todo el trabajo que se ha hecho en el Tribunal Superior de Justicia en la materia de la implementación del código nacional. Y es importante que lo diga, porque créanme, no en todos los estados se ha implementado, ni se ha tomado tan en serio y se ha acogido por todos los magistrados y jueces el código nacional como en Tabasco son ejemplo, son punteros, punta de lanza”, manifestó.

 

Ante Felipe Alejandro Zegbe Camarena, coordinador del grupo técnico que elaboró el código nacional, y Sabela Patricia Asiain Hernández, jueza familiar del Poder Judicial de Chihuahua, Gregorio Romero Tequextle, presidente de la primera sala penal del TSJ, resaltó la amplia trayectoria y trabajo incansable de la senadora en pro de la impartición de justicia.

 

No sólo trabajó intensamente en los foros y espacios de discusión para elaborar el código nacional que estará en vigencia plena el 1 de abril de 2027 hasta lograr su aprobación por ambas cámaras del Congreso de la Unión, sino que ahora sigue --como un apostolado--, trabajando por toda la República para que durante la vacatio legis de cuatro años el código sea conocido, se capaciten sus operadores y se implemente todo lo necesario para que formalmente sea obligatorio por iniciar su vigencia y eficaz, para que todos lo adopten y cumplan, apuntó el funcionario.

 

“Pero sobre todo --aseveró--, que los jueces tomen en cuenta los beneficios que prevé, ponderen sus derechos y con un lenguaje sencillo privilegien en sus resoluciones el fondo sobre la forma. “El código homologa los criterios y bases normativas con el propósito de hacer accesible y eficiente la impartición de justicia en las materias procesales del orden civil y familiar a nivel nacional para brindar a todos los ciudadanos una mayor seguridad y certeza jurídica”, mencionó.

 

Que juzgadores asuman jurisdicción

Olga Sánchez Cordero Dávila hizo un amplio reconocimiento a Felipe Alejandro Zegbe Camarena, también secretario técnico de la Comisión de Justicia del Senado, y la jueza Sabela Patricia Asiain Hernández, pues gracias ellos y el equipo revisor se hizo realidad el código nacional                  --que de 40 artículos iniciales pasó finalmente a mil 191--, el cual se concretó bajo sus directrices y donde se plasmaron las verdaderas necesidades de sus destinatarios a quienes también se les tomó en cuenta.

 

De lo contrario, la norma sería inoperante e inadecuada a las necesidades de sus destinatarios. “Conocía perfectamente la necesidad de tener un código nacional y mi compromiso era que diera luz, porque 70 por ciento de los procedimientos de los tribunales de todo el país son civiles, familiares, mercantiles y en algunas ocasiones hasta 78 por ciento”, comentó la ministra en retiro.

 

Explicó que el código nacional contiene convenciones internacionales que son derecho vigente en México, criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Es decir, tiene altos estándares para que la justicia se acerque a la gente, sea transparente, se entienda lo que estaba pasando en ese proceso, se privilegie el fondo de los juicios sobre cualquier formalismo, estableció.

 

De esta forma, se busca que el ciudadano deje de ir y venir entre los jueces de primera instancia a las salas de magistrados, para que además los juzgadores asuman su jurisdicción plena y dicten el Derecho en verdaderas salas de oralidad donde el juzgador y los abogados demuestren su capacidad de argumentación. Así  la gente sabrá si el litigante la está defendiendo bien o no. Se dará cuenta de la transparencia, la calidad de abogados que están contratando y el juez que está resolviendo, anotó la presidente de la Comisión de Justicia del Senado.

 

 Reveló que el estándar, el escrutinio público va a ser muy importante para que no digan que el juez se vendió o la otra parte en juicio llevó más dinero para ofrecer. “Ahora ya no, porque la población se dará cuenta de que el litigante ni siquiera estudió su caso, menos lo defendió y ahí está la transparencia”, señaló.

 

La ex secretaria de Gobernación hizo un llamado a todos los juzgadores a no resistirse al cambio, y los instó a capacitarse bien en oralidad para que sus argumentos no sean rebuscados, sean sencillos y el ciudadano los entienda.

 

Sostuvo que más allá de cualquier formalidad, el código da prioridad a  la justicia restaurativa para que si no es posible que haya armonía en las relaciones familiares cuando menos exista civilidad. “Porque para los niños, niñas, adolescentes es una situación muy importante que si los padres no quieren estar juntos, cuando menos se respeten.

 

Y es algo que todos los juzgadores debemos realizar, dejar ser meros espectadores en nuestra función de lo que está pasando entre las partes, sino que hoy el código nacional obliga a los juzgadores --antes y después-- a recabar pruebas, evidencias que no se hubieran aportado sobre todo en materia familiar”, precisó.

 

Corresponsabilidad de los tres poderes

Felipe Alejandro Zegbe Camarena, secretario técnico de la comisión especializada del Senado, recordó que este es un código transicional que parte del sistema tradicional escrito hacia el de audiencias y la oralidad a través del uso de tecnologías de la información y comunicación.

 

Agregó que el código nacional es eminentemente garantista, porque adopta los derechos humanos, la Constitución, los principios tutelados como el interés superior de la niñez, el Derecho contenido en las convenciones internacionales signadas por México, que permite reconocer la capacidad jurídica plena de personas con discapacidad, si se toma en cuenta que en el país existen al menos ocho millones de personas con algún tipo de discapacidad ya sea mental, intelectual, psicosocial o motriz.

 

Zegbe Camarena abundó que el código tiene un principio constitucional, que indica que siempre que no se viole el debido proceso legal ni se afecte la igualdad entre las partes las autoridades que conduzcan el procedimiento en juicio oral deben privilegiar la solución del fondo del conflicto por sobre los formalismos.

 

El también coordinador del grupo técnico que elaboró el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares relató que en la revisión de cada artículo se hizo a un lado lo que implicara dilación en el proceso y se dejaron únicamente los recursos de apelación, queja y reposición, porque se busca que los procedimientos tengan solución.

 

Enfatizó que la implementación de este conjunto de normas no es igual en todas las entidades federativas porque algunas tienen recursos o presupuesto constitucional de hasta dos por ciento, por ejemplo Jalisco, Estado de México, Nuevo León y la Ciudad de México.

 

Felipe Alejandro Zegbe recordó que “Tabasco dio un paso importante el 7 de junio de 2023 al emitir el TSJ un acuerdo para formar una comisión para la implementación, porque la capacitación en los poderes judiciales es el primer escalón, ya que --advirtió-- no sabremos lo que representa el código nacional hasta que nos empecemos a capacitar, analizar las estructuras orgánicas, humanas y de infraestructura.

 

El código nacional tiene una fecha límite y si el Congreso local no emite la declaratoria de incorporación en Tabasco, en automático este código será obligatorio en todo el país el 1 abril del 2027, comentó.

 

No obstante, alertó que si las autoridades esperan hasta el final para emitir la declaratoria de implementación, sea por falta de recursos u otra situación, habrá problemas. El código es supletorio de muchas normas horizontales a nivel local y se necesitan modificaciones a todo el orden normativo que se vea afectado, y hay que cuidar cada detalle, apuntó.

 

El funcionario del Senado indicó que esta tarea no corresponde únicamente al Poder Judicial de Tabasco o a su comisión para la  implementación, se deben sentar con el Congreso local y el Poder Ejecutivo, para revisar todo lo que se debe adecuar, los recursos necesarios, la capacitación, infraestructura, adecuación normativa. “Ahí está el secreto y lo dijo la senadora Sánchez Cordero, el código nacional estableció un margen de casi cuatros años para su implementación y nos quedan poco más de dos años para que sea una realidad y esté vigente en todo el país”, observó.

 

El funcionario puso como ejemplo a Jalisco donde se hicieron acuerdos con el sector empresarial para la creación de nuevas salas de oralidad, con el que busca fondos y la donación de terrenos, porque a los hombres de negocios les interesa que los juicios sean ágiles, efectivos, porque esto brinda seguridad y certeza jurídica y para la inversión.  

 

El objetivo en Jalisco es implementar 42 salas de oralidad e inclusive antes de la publicación del código desarrollaron un sistema de justicia digital que regula desde la presentación de la demanda hasta las resoluciones de sala y han puesto a disposición de los tribunales de todas las entidades federativas.

 

Sabela Patricia Asiain Hernández destacó, por su parte, las figuras más relevantes contenidas en el libro cuarto del código nacional, denominado De la justicia familiar, que regula la forma en la cual se presentarán las inconformidades o situaciones susceptibles de tutela judicial, que afectan y trascienden en la sociedad.

 

Refirió que en México 76.4 por ciento de los juicios de pensión alimenticia decretados en relación con niñas, niños y adolescentes registran incumplimiento parcial o total. “Estamos hablando que tenemos un problema y tuvimos el impulso de la senadora Olga Sánchez Cordero para que se materializara el padrón de deudores alimentarios, que sí implica una restricción al catálogo de derechos humanos, pero se pondera el interés superior de la infancia porque la subsistencia, los alimentos es una necesidad inmediata”, aseveró.

 

Por ello, se determinó que las autoridades deben actuar en colaboración, pero haciendo hincapié en las autoridades fiscales porque muchas veces se trata de desdibujar la capacidad económica, para limitar el pago de pensiones alimenticias. Lo que se busca es actualizar obligaciones en conjunto para la ministración de alimentos de niñas, niños y adolescentes y en general de pensiones alimenticias, sintetizó.

 

Manifestó que otra peculiaridad del código radica en que el juicio oral familiar concentra todas las acciones para que no tramitar un juicio de pérdida de la patria potestad por un lado y por otro la disolución del vínculo matrimonial.

 

“Esto no significa que exista una situación regresiva con la no inclusión del divorcio incausado, sino que se prevé la disolución del vínculo matrimonial anticipadamente en la audiencia preliminar. Ahí, de forma obligatoria, están presentes las partes involucradas en un juicio y ante el juez reiteran su deseo de disolver el matrimonio”, señaló.

 

 “Se hace de manera anticipada, no esperamos a la audiencia de juicio ni a la sentencia porque ya la primera sala de la SCJN planteó en la jurisprudencia 28/2015 que no pueden permanecer unidas las personas que no quieren y no deben acreditar ninguna causal para la disolución del vínculo matrimonial”.

 

Asiain Hernández puso sobre relieve el interés de trabajar, sobre todo en la justicia restaurativa dirigida a restablecer vínculos, sanar, reparar el daño y no en una situación técnica de reparación del daño sino al reconocimiento del conflicto, de responsabilidades y analizar cómo se restituirán derechos violentados, lo que exige el apoyo de un equipo multidisciplinario.

 

La justicia restaurativa va a ser un sistema multidisciplinario mediante el cual las partes en conflicto van a recibir acompañamiento psicológico, si es necesario algún tipo de asesoramiento médico porque a veces hay asuntos en los que hay el diagnóstico de una bipolaridad o una situación en la cual se debe intervenir, puntualizó.

 

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