Ponderan bondades de nuevo sistema de justicia laboral
Villahermosa,
Tab., 3 de mayo de 2022. No.-
030.
Ponderan bondades
de nuevo sistema de
justicia laboral
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Ante la titular del
Poder Judicial de Veracruz, Isabel Inés Romero, ponentes experimentados desarrollan
conversatorio Transición del Derecho laboral, a partir de la reforma del 1 de
mayo de 2019
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Con medidas cautelares
se evitan daños irreparables a partes en conflicto, señala la directora de
Administración de Tribunales Laborales, Beatriz Galván
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Egla Cornelio Landero
destaca transparencia y solución de conflictos, como parte del nuevo sistema en
vigor hace tres años
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Édgar Azcuaga Cabrera
subraya importancia de modificación al artículo 115 de la Ley Federal del
Trabajo; beneficiarios pueden continuar juicio de trabajador fallecido
En el
marco del tercer aniversario de la entrada en vigor de la reforma a la Ley
Federal del Trabajo, el presidente del Poder Judicial, Enrique Priego Oropeza
auspició el conversatorio “Transición del Derecho laboral, a partir de la
reforma del 1 de mayo de 2019” en el que se destacó la transición hacia la solución de conflictos obrero-patronales,
las garantías de libertad sindical y
acceso a la seguridad social, así como la celeridad en los procesos
jurisdiccionales.
Ante
la presidente del Poder Judicial de Veracruz, Isabel Inés Romero Cruz, los
ponentes Egla Cornelio Landero, titular de Educación; Édgar Azcuaga Cabrera,
secretario de la Federación de Trabajadores y Obreros Tabasqueños (FTOT), y
Beatriz Galván Hernández, directora general de Administración de Tribunales
Laborales, reconocieron la labor del Centro de Conciliación y los juzgados
laborales, estos últimos los cuales han impuesto medidas cautelares para evitar
daños y perjuicios irreparables a las partes en juicio.
Beatriz
Galván Hernández aseveró que las reformas del 1 de mayo de 2019 se han consolidado
en los tribunales laborales. Muestra de ello es la aplicación de medidas y
providencias cautelares ante casos sospechosos con las que se evita daños y
perjuicios irreparables a las partes en conflicto, con motivo de la duración
del proceso jurisdiccional. Éste se ha reducido de tres años, como ocurría en promedio
en la Junta de Conciliación y Arbitraje,
a cinco meses ya con sentencia, comentó.
En
lo que va de la implementación del sistema de justicia laboral se han decretado
37 providencias cautelares, 27 han sido a petición de parte y diez se
obsequiaron de manera oficiosa. Estas
últimas las otorgó el juez al tomar en cuenta que la misma ley laboral señala
que cuando la demanda del trabajador sea incompleta o no comprenda todas las
prestaciones a las que tiene derecho el tribunal debe subsanarlas conforme a la
exposición de motivos.
De
las 37 providencias decretadas, 22 han sido a petición de parte ya que las
trabajadoras denunciaron despidos por embarazos y se ordenó al Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) se continúen pagando las cuotas obrero-patronales,
lo que se ha cumplido de manera voluntaria y en otros casos de forma
obligatoria a través de la aplicación de multas por desacato a un mandato
judicial.
Egla Cornelio Landero, quien ha sido
catedrática de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT) durante 20 años,
recordó que las nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo dejaron otra
visión para abordar y resolver los conflictos. Ahora se hace de manera más
transparente, abierta y a través de los principios de realidad y mayor
beneficio que privilegia la solución de conflictos, frente al formalismo
procedimental de antaño, sin afectar el debido proceso y los fines del trabajo,
sostuvo.
Antes,
el Derecho del trabajo tenía como objetivo fundamental regular las relaciones
entre los obreros y los patrones, hoy el artículo 2 de la legislación federal
establece que el fin es mantener el equilibrio entre los actores de la
producción, característica que no debe pasar inadvertida, señaló.
La
doctora en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos --con maestría
en Solución de Conflictos cursada en el Centro de Especialización del Poder
Judicial-- aseguró que entre los cambios está
que las relaciones obreros-patronales ya no son iguales. Ahora se mide
la productividad y se plantea como premisa el trabajo digno y decente que la Organización
Internacional de Trabajo (OIT) señala tiene como características la libertad sindical, libertad de negociación,
acceso a la seguridad social, a la capacitación y el adiestramiento, y todas
ellas van alineadas a los derechos humanos.
Al ser un derecho, el trabajo no es artículo
de comercio y por esta característica merece respeto para quien lo presta y sus
familias, subrayó.
Édgar
Azcuaga Cabrera, también catedrático de la UJAT con 42 años de experiencia, indicó
que una de las ventajas que se tiene actualmente es que la legislación es de
observancia general, es decir que se puede litigar en cualquier estado de la
República mexicana.
Y
si bien hay competencias local y federal los operadores deben saber distinguir
qué es un trabajador, qué es un patrón, qué es una empresa o un establecimiento
y cómo se inicia la relación de trabajo. “Ustedes jóvenes tienen en sus manos y
en su conocimiento tratar de hacer justicia mejor de lo que ya se está
haciendo”, sentenció quien imparte las asignaturas de Derecho individual del
trabajo, Derecho colectivo del trabajo y Derecho procesal del trabajo.
En
el evento llevado a cabo en el auditorio Antonio Suárez Hernández con medidas
de sana distancia, Azcuaga Cabrera reconoció la labor que ha realizado el
Centro de Conciliación Laboral de Tabasco el cual ha resuelto 70 por ciento de
los asuntos en forma conciliatoria, con lo que solamente tres de cada diez de
ellos llegan a juicio en el Tribunal Superior de Justicia, donde aún pueden
solucionarse por medio de una conciliación intrajudicial.
Por
este medio se han solucionado seis de cada diez casos en juzgados laborales,
con lo que todavía es menor el número de asuntos que llega a juicio, refirió
por su parte Beatriz Galván.
Édgar
Azcuaga manifestó que entre las modificaciones que han sido trascendentes en el
nuevo Derecho laboral están las del artículo 115 a las que no se ha dado
importancia pues antes cuando fallecía el trabajador ahí terminaba un juicio. Actualmente
los beneficiarios podrán continuarlo reclamando las prestaciones legales y
contractuales, dijo ante la magistrada Norma Lidia Gutiérrez García quien
fungió como moderadora en el encuentro en el que se dieron cita magistrados y
jueces del Tribunal Superior de Justicia, así como personal del Centro Estatal
de Conciliación Laboral, con su directora Alejandra Díaz Alvarado al frente.
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