Poder Judicial del Estado de Tabasco

Ponderan bondades de nuevo sistema de justicia laboral



Villahermosa, Tab., 3 de mayo de 2022.                                              No.- 030.

 

Ponderan bondades

de nuevo sistema de justicia laboral

 

·        Ante la titular del Poder Judicial de Veracruz, Isabel Inés Romero, ponentes experimentados desarrollan conversatorio Transición del Derecho laboral, a partir de la reforma del 1 de mayo de 2019

·        Con medidas cautelares se evitan daños irreparables a partes en conflicto, señala la directora de Administración de Tribunales Laborales, Beatriz Galván

·        Egla Cornelio Landero destaca transparencia y solución de conflictos, como parte del nuevo sistema en vigor hace tres años

·        Édgar Azcuaga Cabrera subraya importancia de modificación al artículo 115 de la Ley Federal del Trabajo; beneficiarios pueden continuar juicio de trabajador fallecido

 

 

En el marco del tercer aniversario de la entrada en vigor de la reforma a la Ley Federal del Trabajo, el presidente del Poder Judicial, Enrique Priego Oropeza auspició el conversatorio “Transición del Derecho laboral, a partir de la reforma del 1 de mayo de 2019” en el que se destacó la transición  hacia la solución de conflictos obrero-patronales, las garantías de libertad sindical y  acceso a la seguridad social, así como la celeridad en los procesos jurisdiccionales.

 

Ante la presidente del Poder Judicial de Veracruz, Isabel Inés Romero Cruz, los ponentes Egla Cornelio Landero, titular de Educación; Édgar Azcuaga Cabrera, secretario de la Federación de Trabajadores y Obreros Tabasqueños (FTOT), y Beatriz Galván Hernández, directora general de Administración de Tribunales Laborales, reconocieron la labor del Centro de Conciliación y los juzgados laborales, estos últimos los cuales han impuesto medidas cautelares para evitar daños y perjuicios irreparables a las partes en juicio.   

 

Beatriz Galván Hernández aseveró que las reformas del 1 de mayo de 2019 se han consolidado en los tribunales laborales. Muestra de ello es la aplicación de medidas y providencias cautelares ante casos sospechosos con las que se evita daños y perjuicios irreparables a las partes en conflicto, con motivo de la duración del proceso jurisdiccional. Éste se ha reducido de tres años, como ocurría en promedio en la Junta de Conciliación y Arbitraje,  a cinco meses ya con sentencia, comentó.

 

En lo que va de la implementación del sistema de justicia laboral se han decretado 37 providencias cautelares, 27 han sido a petición de parte y diez se obsequiaron de manera oficiosa.  Estas últimas las otorgó el juez al tomar en cuenta que la misma ley laboral señala que cuando la demanda del trabajador sea incompleta o no comprenda todas las prestaciones a las que tiene derecho el tribunal debe subsanarlas conforme a la exposición de motivos.

 

De las 37 providencias decretadas, 22 han sido a petición de parte ya que las trabajadoras denunciaron despidos por embarazos y se ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se continúen pagando las cuotas obrero-patronales, lo que se ha cumplido de manera voluntaria y en otros casos de forma obligatoria a través de la aplicación de multas por desacato a un mandato judicial.

 

         Egla Cornelio Landero, quien ha sido catedrática de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT) durante 20 años, recordó que las nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo dejaron otra visión para abordar y resolver los conflictos. Ahora se hace de manera más transparente, abierta y a través de los principios de realidad y mayor beneficio que privilegia la solución de conflictos, frente al formalismo procedimental de antaño, sin afectar el debido proceso y los fines del trabajo, sostuvo.

 

Antes, el Derecho del trabajo tenía como objetivo fundamental regular las relaciones entre los obreros y los patrones, hoy el artículo 2 de la legislación federal establece que el fin es mantener el equilibrio entre los actores de la producción, característica que no debe pasar inadvertida, señaló.

 

La doctora en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos --con maestría en Solución de Conflictos cursada en el Centro de Especialización del Poder Judicial-- aseguró que entre los cambios está  que las relaciones obreros-patronales ya no son iguales. Ahora se mide la productividad y se plantea como premisa el trabajo digno y decente que la Organización Internacional de Trabajo (OIT) señala tiene como características la  libertad sindical, libertad de negociación, acceso a la seguridad social, a la capacitación y el adiestramiento, y todas ellas van alineadas a los derechos humanos.

 

 Al ser un derecho, el trabajo no es artículo de comercio y por esta característica merece respeto para quien lo presta y sus familias, subrayó.

 

Édgar Azcuaga Cabrera, también catedrático de la UJAT con 42 años de experiencia, indicó que una de las ventajas que se tiene actualmente es que la legislación es de observancia general, es decir que se puede litigar en cualquier estado de la República mexicana.

 

Y si bien hay competencias local y federal los operadores deben saber distinguir qué es un trabajador, qué es un patrón, qué es una empresa o un establecimiento y cómo se inicia la relación de trabajo. “Ustedes jóvenes tienen en sus manos y en su conocimiento tratar de hacer justicia mejor de lo que ya se está haciendo”, sentenció quien imparte las asignaturas de Derecho individual del trabajo, Derecho colectivo del trabajo y Derecho procesal del trabajo.

 

En el evento llevado a cabo en el auditorio Antonio Suárez Hernández con medidas de sana distancia, Azcuaga Cabrera reconoció la labor que ha realizado el Centro de Conciliación Laboral de Tabasco el cual ha resuelto 70 por ciento de los asuntos en forma conciliatoria, con lo que solamente tres de cada diez de ellos llegan a juicio en el Tribunal Superior de Justicia, donde aún pueden solucionarse por medio de una conciliación intrajudicial.

 

Por este medio se han solucionado seis de cada diez casos en juzgados laborales, con lo que todavía es menor el número de asuntos que llega a juicio, refirió por su parte Beatriz Galván.

 

Édgar Azcuaga manifestó que entre las modificaciones que han sido trascendentes en el nuevo Derecho laboral están las del artículo 115 a las que no se ha dado importancia pues antes cuando fallecía el trabajador ahí terminaba un juicio. Actualmente los beneficiarios podrán continuarlo reclamando las prestaciones legales y contractuales, dijo ante la magistrada Norma Lidia Gutiérrez García quien fungió como moderadora en el encuentro en el que se dieron cita magistrados y jueces del Tribunal Superior de Justicia, así como personal del Centro Estatal de Conciliación Laboral, con su directora Alejandra Díaz Alvarado al frente.

 

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