Prolongan suspensión de labores en Poder Judicial hasta el 6 de mayo
Villahermosa, Tab., 16 de abril de 2020. No.- 034.
Amplían
suspensión de labores
en
Poder Judicial de Tabasco
·
Los
plenos del TSJ y del Consejo de la Judicatura determinaron prolongar hasta el 6
de mayo la suspensión laboral derivada de la pandemia originada por el
SARS-CoV2
·
No
correrán plazos y términos procesales y se mantendrán guardias para trámites de
libertades y términos constitucionales
El Poder Judicial de
Tabasco amplió el periodo de suspensión de labores de sus órganos
jurisdiccionales y administrativos hasta el próximo 6 de mayo, en virtud de
recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional para reducir la curva de
propagación de la pandemia originada por el covid 19, y salvaguardar el derecho
humano a la salud de sus trabajadores y quienes requieren los servicios de
administración de justicia.
Luego
de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decretara una medida
similar, los plenos del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y del Consejo de la
Judicatura de Tabasco informaron que en la segunda sesión extraordinaria celebrada
el 31 de marzo pasado determinaron suspender actividades los días 1 y 5 de
mayo, considerados de descanso obligatorio por la Ley Federal del Trabajo, y
declarar inhábil el 4 de mayo, con lo que no correrán los plazos y términos
procesales en materia penal, civil, familiar y mercantil.
Las
actividades se reanudarán el 6 de mayo, salvo pronunciamiento de los plenos del
TSJ y el Consejo de la Judicatura si las secretarías de Salud federal y estatal
emiten nuevas disposiciones con relación a la evolución de la contingencia
derivada del virus SARS-CoV2 o covid 19.
Por lo anterior quedarán guardias en los juzgados de control
y tribunales de enjuiciamiento, Juzgado de Ejecución de Sanciones Penales, Juzgado
de Control y Tribunal de Juicio Oral Especializado en Materia de Adolescentes,
Juzgado de Ejecución de Medidas Legales para Adolescentes, juzgados segundo penal
de Centro y penal de Cárdenas, para el sistema tradicional, así como la sección
de amparos penales, únicamente para los efectos de trámite de libertades y
términos constitucionales, de 08:00 a 13:00 horas.
El acuerdo establece que los jueces de control quedan
facultados para, previo trámite correspondiente, emitan órdenes de cateo,
aprehensión y reaprehensión así como cualquier otra situación que
necesariamente deba ser resuelta de inmediato por disposición de la ley.
Por
lo que se refiere a las salas Especial Constitucional, Unitaria Especializada
en Justicia para Adolescentes y Oralidad para adultos, las salas civiles y penales,
la sección de amparos civiles, así como los juzgados civiles, familiares y de
oralidad mercantil, permanecerán cerrados, por lo que no correrán los términos
procesales relacionados con los juicios tramitados en ellos.
Esta
disposición tiene sustento en los artículos 115 del Código de Procedimientos
Civiles, 28 del Código de Procedimientos Penales; 94, párrafo tercero, del
Código Nacional de Procedimientos Penales, y 214 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial de Tabasco.
Asimismo,
no efectuarán guardias personas consideradas parte de grupos vulnerables, esto
es, adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en puerperio inmediato,
con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad
cardiaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia
renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial,
en razón de lo establecido en la fracción V del artículo 1 del acuerdo para
enfrentar la pandemia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de
marzo.
Los
plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura
recomendaron además al personal que debe cumplir guardias aplicar los
protocolos y recomendaciones sanitarias emitidas por la Organización Mundial de
la Salud (OMS) y las secretarías de Salud federal y estatal para evitar el
contagio.
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