Inicia ciclo de conferencias conmemorativas al centenario de la Constitución de Tabasco
Villahermosa,
Tab., 25 de septiembre de 2019. No.- 119.
Inicia ciclo de conferencias conmemorativas al
centenario de la Constitución de Tabasco
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El presidente de
la primera sala penal del TSJ, Gregorio Romero Tequextle, dictó la conferencia El control constitucional en la Constitución de Tabasco
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Advirtió que los
diputados locales tienen pendiente legislar en materia de desacato a las
resoluciones de la sala especial constitucional
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También participarán en el ciclo de charlas Jorge Abdo Francis,
presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de Tabasco, y el magistrado
penal Dorilián Moscoso López
Para conmemorar el Centenario de la Constitución Política local, el Poder
Judicial dio comienzo al ciclo de conferencias denominado El control constitucional
en la Constitución de Tabasco, que abrió el presidente de la primera sala penal, Gregorio Romero Tequextle, quien resaltó la creación de la sala especializada
del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para dar mayor certeza jurídica a los tabasqueños.
Como parte de
las actividades cívicas, académicas y culturales convocadas por el comité conmemorativo
en ocasión de que el 5 de abril se cumplieron cien años de la promulgación de
la Carta Magna tabasqueña, el magistrado Romero Tequextle disertó la conferencia Acción de inconstitucionalidad local, y explicó que el
Congreso tabasqueño aprobó la Ley de Control Constitucional, reglamentaria del
artículo 61 constitucional estatal mediante la cual se creó la sala especializada.
Detalló que esta sala está integrada por
el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Enrique Priego Oropeza, y los titulares
de salas colegiadas en materias penal y civil. Es el órgano jurisdiccional
supremo de aplicación e interpretación de nuestra Constitución, comentó el
doctor en Derecho durante la charla impartida a magistrados de la institución,
consejeros de la Judicatura y alumnos de la licenciatura en Derecho de las
universidades Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT), del Valle de México (UVM),
Autónoma de Guadalajara (UAG) e Instituto Universitario Puebla (IUP).
Agregó
que la sala especial constitucional únicamente se integra cuando existe algún procedimiento
previsto en la ley, esto es, controversia constitucional, acción de
inconstitucionalidad, opinión consultiva de control previo de
constitucionalidad estatal y el recurso por violación de derechos fundamentales
establecidos en la Constitución de Tabasco, con excepción de las materias penal
y electoral. Indicó que la sala especializada
podrá dictar jurisprudencias contra leyes y normas locales.
Ante el secretario general de Acuerdos,
Cecilio Hernández Vázquez, quien acudió en representación del magistrado presidente
Enrique Priego Oropeza y abogados del foro tabasqueño, el magistrado Gregorio
Romero afirmó que el control de constitucionalidad sirve para mantener el orden
jurídico, ya que si no existiera cada Congreso haría leyes a su modo, a su
gusto, según sus conveniencias, ideología o intereses.
Reconoció que ese
control constitucional no se obtiene o logra mantener tan fácilmente, porque
hay muchos a los que gusta violar la Constitución, ya sea por ignorancia o por
conveniencia, dictando leyes o ejecutando actos contrarios a lo que dicta la
Carta magna. Por ello se estableció ese control para evitar que legisladores o
funcionarios de gobierno incurran en actividades contrarias a lo que dispone nuestra
máxima norma local, y esa es la importancia del control constitucional.
Refirió que la acción de
inconstitucionalidad debe ser a instancia de parte. En otras palabras, aunque
los integrantes de la sala constitucional conozcan de esta acción no pueden
iniciar algún procedimiento. En este caso únicamente seis organismos están
facultados para promover un trámite de esta naturaleza.
Pueden hacerlo 33 por ciento de los
integrantes del Congreso estatal contra leyes estatales; el gobernador de
Tabasco contra normas generales estatales y municipales, y el fiscal general,
contra leyes estatales en materia sustantiva penal.
Asimismo pueden recurrir a esta figura
legal el total de los regidores de los municipios contra leyes estatales y si
consideran que una ley perjudica a la comuna; el presidente de la Comisión
Estatal de Derechos Humanos, contra leyes estatales o normas de carácter
general de municipios que vulneren derechos humanos consagrados en la
Constitución de Tabasco y, por último, el Instituto Tabasqueño de Transparencia
y Acceso a la Información, contra leyes estatales o normas de carácter general
de los municipios que vulneren derechos que
tutela esta institución.
Entre los requisitos para presentar el
procedimiento están los nombres y firmas
de promoventes, nombre de los órganos legislativo y ejecutivo que hubieran
emitido o promulgado las leyes o normas generales estatales impugnadas, la ley estatal
o norma general estatal o municipal cuya invalidez se reclame, el medio oficial
en que se hubiere publicado, los preceptos de la Constitución de Tabasco que se
estiman violados y, finalmente, los conceptos de invalidez, es decir la
argumentación del porqué ésta está violando tal ley, razones y cada uno de los
artículos.
El ex procurador general de Justicia y ex director
de la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la UJAT señaló que la
argumentación jurídica es importantísima, de ahí que recomendó a los alumnos
prestar mucha atención a esta materia dentro de su formación como abogados. Es
esencial para litigar y argumentar correctamente. Si no lo hacen va a suceder lo
que ocurre con servidores públicos que no logran concretar lo que quieren decir.
Informó que hasta el momento no se ha
promovido alguna acción de inconstitucionalidad local, pero en caso de que se
hiciera, el magistrado Priego Oropeza como presidente de la sala constitucional
tiene la facultad de designar al magistrado instructor que llevará el
procedimiento, quien deberá analizar si es clara, si es procedente lo que se
solicita y si el promovente tiene la personalidad jurídica para hacerlo.
Si cumple con los requisitos se emitirá
una sentencia aprobada por lo menos por cinco integrantes de la sala
especializada, la cual deberá notificarse al órgano correspondiente para que realice
lo conducente.
Romero Tequextle advirtió que hay una
materia pendiente para los diputados locales, que es realizar reformas al Código
Penal de estado en lo relativo al delito
de desacato, “para que las resoluciones de la sala tengan dientes”, y se inicie
un procedimiento contra quien no cumpla los fallos.
El jueves 24 de octubre, el doctor Jorge Abdo Francis, magistrado
presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de Tabasco, disertará la
conferencia La sala especial constitucional, y el 31 de octubre el presidente
de la tercera sala penal, Dorilián Moscoso López, abordará el tema La controversia
constitucional.
A escuchar la
conferencia acudieron también alumnos de la Escuela Libre de Derecho y
Jurisprudencia de Tabasco y la Universidad Más Educación y Enseñanza (UMAE).
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