Presentan Manual de Mediación y Justicia Restaurativa
Villahermosa,
Tab., 24 de mayo de 2019.
No.- 068.
En Tribunal Superior de Justicia
Presentan Manual de Mediación
y Justicia
Restaurativa
·
Es oportunidad
para lograr la paz, sostiene Francisco Javier Gorjón, especialista en el tema,
quien fue invitado para formar parte del cuadro de docentes del Centro de
Especialización
·
Explica Egla Cornelio
Landero ruta de la reforma laboral, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el pasado 1 de mayo; en tres años deberá estar implementada en la
entidad
La mediación
representa un cambio de paradigma en el Derecho --ahora los abogados no
privilegiarán el conflicto, sino la paz y la reparación del daño--, y una
necesidad de los nuevos tiempos, porque el Derecho es dinámico y evoluciona, afirmó
Francisco Javier Gorjón Gómez, luego de presentar con la doctora Egla Cornelio
Landero el Manual de Mediación Penal, Civil, Familiar y Justicia Restaurativa, del
que ambos son coautores junto a 33 especialistas en la materia.
A
nombre del titular del Poder Judicial, Enrique Priego Oropeza, el secretario
general de acuerdos del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Cecilio Hernández Vázquez,
dio la bienvenida a los especialistas, y aseguró que el manual alimentará a
todos quienes imparten justicia, a quienes litigan y ejercen la abogacía.
Ante
jueces, magistrados del TSJ, consejeros de la Judicatura, personal administrativo
y público en general, Cecilio Hernández señalo que la institución apoyará para
que se logre el objetivo de certificar a los mediadores, establecido como
obligación de los poderes judiciales locales en la reforma laboral publicada el
pasado 1 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Son quienes van a
ayudar a muchas personas a gestionar asuntos de materias civil, familiar y
penal para que puedan concluirse de
manera más rápida, comentó.
Francisco Javier Gorjón, doctor en Derecho
por la Universidad Complutense de Madrid y especialista en métodos alternos de
solución de controversias, recordó que el cambio de paradigma se registró a
raíz de la modificación a la Constitución en 2008 que dio paso a los juicios
orales y la mediación como vías para descongestionar el sistema penal. “La
impronta del juez es buscar el mayor bienestar posible bajo la protección de la
norma, y la mediación es la vía, la
oportunidad para lograrlo. Y en el nuevo sistema procesal acusatorio uno de sus
puntos principales es la oralidad y el gran éxito de la oralidad es la
mediación, sostuvo.
El presidente de la Asociación Mundial de
Árbitros refirió que en el caso de Nuevo León, de donde es originario, 50 por
ciento de los casos en materia penal y 60 por ciento de los asuntos en materia
familiar se han resuelto a través de la mediación, lo que significa que es un
éxito y sobre todo porque se pueden cubrir todos los aspectos, se cubre el
respeto a la ley, se protege a las personas participantes en un litigio, se
satisfacen sus necesidades y expectativas, y todo en el mismo marco.
Gorjón
Gómez fue invitado por el director del Centro de Especialización Judicial,
Pedro Haddad Bernat, para integrarse como docente de la maestría en Sistemas
Alternativos de Resolución de Controversias que imparte esa institución, lo que
consideró un honor y una gran responsabilidad, que gustoso acepta.
Aseveró
que el vínculo entre el Tribunal Superior de Justicia, la Escuela Judicial, y
la UJAT va a permitir esa capacitación de alto nivel con mediadores que
garanticen mediaciones válidas, ejecutables y de beneficio directo a la
ciudadanía, a los propios mediadores como profesionales de la solución de
conflictos y a las instancias correspondientes.
Además,
con la certificación que ofrecerá el Poder Judicial se van a integrar más
profesionales de la solución de conflictos que puedan llevar a cabo mediaciones.
Estamos hablando de mediadores, facilitadores, capacitadores, futuros
mediadores, públicos y privados, y obviamente en materia civil, familiar, penal, y de la justicia
alternativa, que es proclive para que haya una verdadera reinserción de quienes
han delinquido, dijo.
La ruta de la reforma laboral
Egla Cornelio
Landero, doctora en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos, por
la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT), y maestra en Gestión de
Resolución de Conflictos, por la Universidad de Barcelona y el Poder Judicial
de Tabasco, destacó que el manual será de gran ayuda para el Tribunal Superior
de Justicia, que se encargará de certificar a los conciliadores porque además todo
el sistema de justicia corresponde al Poder Judicial, incluyendo la materia
laboral, de acuerdo a la reforma en la materia.
Indicó
que la reforma laboral permitirá dar mayor seguridad legal, ya que las etapas
procesales se acortarán y como consecuencia, habrá menos rezagos. Además al
tener una instancia conciliadora, traerá como consecuencia que no todo se vaya
a someter a juicio.
Miembro
la Academia Mexicana de Derecho del Trabajo y de la Previsión Social, y de las asociaciones
de Abogadas de Tabasco, de Mediadores ARCO y de la Federación de Mediadores Privados,
Cornelio Landero explicó que de acuerdo al artículo 123, apartado A, fracción
20 de la Constitución mexicana, en un conflicto laboral, antes de acudir ante
un juez, las personas deben agotar la conciliación prejudicial. En la ley está
previsto que quienes concilien estos conflictos deben estar certificados y
habilitados para formar parte del órgano conciliador.
La
reforma laboral dicta que los responsables de su implementación tienen seis meses
para hacer el trámite de integración de juntas de directivas del órgano de
conciliación y además para la transición de todo lo que es materia colectiva a
los órganos de conciliación.
Recordó
que las Juntas de Conciliación y Arbitraje, constitucional y legalmente han desaparecido, ya no están
previstas, sólo van a estar funcionando para sacar todo lo que se encuentra en
trámite hasta agotar los procedimientos, De acuerdo a la legislación, la
transición local debe registrarse en un periodo de tres años y a nivel federal,
de cuatro años.
Cornelio
Landero, actualmente secretaria de Movilidad del gobierno estatal, mencionó que
el calendario incluido en los artículos transitorios de la reforma laboral
establece que primero debe integrarse el consejo que va a llevar a cabo la
implementación de los órganos de conciliación, y a su vez, el Congreso local
debe legislar en la materia para que se integre este órgano y dentro de un
plazo de tres años deben quedar los juzgados del Tribunal Superior de Justica.
Es una implementación en dos etapas: la primera, la conciliatoria y la última,
la jurisdiccional, manifestó.
Francisco Javier Gorjón Gómez, líder del
Cuerpo Académico Consolidado en Derecho Comparado de la Universidad de Nuevo
Léon, árbitro y mediador privado, logró reunir a 35 expertos en la materia para
lograr la elaboración del manual presentado en el auditorio Antonio Suárez
Hernández, que integra las partes teórica y práctica, y las ejemplifica con
casos reales en materias civil, familiar, penal y justicia restaurativa, que la
ley establece como procedimiento de junta restaurativa.
Aseguró que esta es un área de oportunidad
porque la mediación a nivel nacional es una realidad, representa un proceso de
modernización de los sistemas de solución de conflictos y de impartición y
procuración de justicia. Detalló que cuando hay oportunidad de mediar
conflictos familiares existe un impacto directo en la sociedad, porque se
establece un esquema de bienestar, de paz, de felicidad. Y cuando se trata de la
materia civil tienen gran impacto en cuanto
al esquema de productividad, mientras en lo penal se registra una trascendencia
superior pues en la mediación se habla de reparación del daño, y se logra el perdón entre las partes en
conflicto.
Presidente
de la Asociación Internacional de Doctores en Métodos de Solución de
Conflictos, con 12 libros publicados relacionados con medios alternativos de solución de conflictos
y más de 30 artículos indexados, el ponente indicó que por sus características un
juicio es más largo e intervienen más personas que ven el incumplimiento de la ley.
Cuando
entra la mediación entendemos el conflicto como aquellas cuestiones que afectan
a los intereses de las partes y al momento que se llega a un arreglo se
satisfacen esas necesidades o se repara el daño cuando se le devuelve o paga la
obligación que ha sido violentada. Eso permite que la mediación sea más rápida,
oportuna, donde las partes toman la decisión sobre que les conviene o no. Obviamente
esto genera descarga de trabajo en las fiscalías o el Tribunal de Justicia,
apuntó. ***