Poder Judicial del Estado de Tabasco

No basta con tipificar agresiones con ácido contra mujeres



Villahermosa, Tab., 13 de febrero de 2020.                                        No.- 015.

 

No basta con tipificar agresiones

 con ácido contra mujeres

·        Es acertado tipificar como delito estas agresiones, pero también se requieren acciones desde la familia, la escuela y las iglesias, advierte el magistrado Gregorio Romero Tequextle

·        El presidente de la primera sala penal del TSJ participó con la magistrada Lorena Concepción Gómez González en Mesa de análisis de TVT

 

Tipificar específicamente el delito de ataque a mujeres con ácido y establecer una pena mayor es un principio para prevenir el delito, pero también se debe trabajar en los ámbitos familiar, educativo, religioso y sociopolítico, afirmó Gregorio Romero Tequextle, presidente de la primera sala penal del Tribunal Superior de Justicia, quien precisó que el Derecho penal no sólo castiga, sino también es preventivo.

         Explicó que el Derecho penal señala qué conducta debe punirse y con ello dice a la sociedad: “Este castigo será para tí si realizas tal conducta, de manera que subir penas es algo importante pero no lo es todo”, advirtió.

         Al participar con la magistrada Lorena Concepción Gómez González, la directora del Instituto Estatal de las Mujeres, Nelly del Carmen Vargas Pérez, y el diputado Daniel Cubero Cabrales, en la Mesa de Análisis de Televisión Tabasqueña sobre el tema Integridad física de las mujeres, castigo severo a sus agresores, Romero Tequextle indicó que también debe trabajarse en los ámbitos de la familia y la escuela ya que desafortunadamente la agresión a la mujer comienza a temprana edad.

“A veces los niños maltratan a las niñas, entonces en la escuela tenemos que hacer mucho y así en todos los aspectos de nuestra sociedad, inclusive en la religión”, sostuvo.

Cada año se registran unos mil 500 casos de ataques con ácido en el mundo, de ellos solamente 40 por ciento se denuncia ante la policía, de acuerdo a la organización Acid Survivor Trust Internacional. En México no hay estadísticas o cifras oficiales de ataques con ácido, dado que el Sistema Nacional de Seguridad Pública no tiene un apartado sobre esta conducta, lo que demuestra que existen vacíos jurídicos sobre agresiones contra mujeres.

         El magistrado Gregorio Romero consideró acertado tipificar y castigar agresiones específicas a las mujeres como las que se producen con el uso de ácido, porque eso ayuda a prevenir, pero también deben realizarse acciones desde el punto de vista administrativo, educativo y social, incluso político, porque a veces se necesita algo más.

         El ex procurador de Justicia y ex director de la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la UJAT observó que cuando se habla de tipos penales o tipicidad no se refiere simplemente a la definición del delito, y no porque en el Código Penal no se castigue.

         Actualmente el ataque a mujeres con ácido no aparece específicamente en el Código Penal, pero está encuadrado en el delito de lesiones, comentó al mencionar que la propuesta que se presentó en el Congreso local permitirá identificar con mayor precisión el ilícito y aumentar la pena.

         Dijo no coincidir con la propuesta para eliminar el delito de feminicidio, aunque reconoció que quienes han trabajado en el Ministerio Público saben lo difícil que es integrar una carpeta de investigación, pero para evitar eso hay  que prepararse, capacitarse, especializarse y contar con equipo suficiente para hacerlo. Esa es la solución para realizar bien el trabajo.

         En nuestro Código Penal se establece además que cuando no se logra probar el feminicidio se encuadra como homicidio, pero de ninguna manera puede quedar impune el hecho delictivo, apuntó.

Aseveró que el gobierno de Tabasco tiene interés en que todas las instituciones que participan en la prevención, investigación, judicialización y ejecución de las sanciones penales hagan un buen trabajo diariamente, porque todo eso debe armonizarse, “no es posible pensar que con sólo una institución tengamos buenos resultados”.

Y puntualizó:

En primer lugar, desde que llega al lugar donde se registraron los hechos presuntamente delictivos, la policía preventiva debe pensar si lo que está ahí es un feminicidio, comenzar a obtener datos que permitan precisar que la víctima estaba expuesta al público o que hay datos de que hubo violencia sexual, indicios de testigos que pudieran dar información sobre si había un parentesco o una relación de noviazgo, de esposos.

Todos esos datos deben recabarse para que el fiscal del Ministerio Público los integre a su carpeta de investigación y si todo esto llega bien integrado al juez no hay ninguna manera de hacerse a un lado o de cambiar la situación. Por eso es importante que todos trabajemos unidos en este interés del gobierno del estado por hacer justicia, y que haya paz y justicia social, subrayó.

Propuesta justificada

La magistrada Lorena Concepción Gómez, integrante de la segunda sala penal del tribunal tabasqueño, agregó que la propuesta para aumentar el castigo a quienes agreden a la mujer con ácido o sustancias corrosivas está justificada porque busca se dé trato diferenciado de mayor tutela. El hecho en sí lleva connotaciones de violencia de género, por lo que si se lograra concretar esta iniciativa de reforma al Código Penal generará un nuevo mecanismo de acceso a la justicia, sentenció.

Ahí va a quedar de manifiesto cómo el Estado ha adoptado políticas públicas para erradicar la violencia, y contribuirá a una transformación cultural, dijo al precisar que el Derecho es una herramienta de transformación social, para que también vayamos cambiando nuestra mentalidad, a través de medidas preventivas e imponer las sanciones correspondientes.

Señaló que esta problemática de la violencia contra mujeres interesa a todos, inclusive ha despertado la inquietud de académicos, periodistas y desde luego el ámbito jurídico. “Es necesario implementar una figura que las regule específicamente, que no se escape, que todo tenga su justa medida, una sanción por esas actitudes. Pero esto también se debe ver desde el origen, la compra de sustancias, qué lo está originando, si es por una situación de violencia de género, si se trata de un caso aislado o no”, manifestó.

Tabasco no está lejos de esta situación y para muestra un caso que se suscitó en Tenosique en septiembre del año pasado, cuando una mujer asesinada presentaba huellas de tortura y quemaduras supuestamente por ácidos o alguna sustancia corrosiva que le dañó el rostro.

Gómez González mencionó que la regulación no será una tarea fácil porque no se había atendido este tema, que ya se ha presentado en otras latitudes pero no existía en la entidad. “Hay que retomarlo y ver de qué manera se prevé que las sustancias corrosivas no se vendan de manera libre,  aunque no se logre abatir, porque hay sustancias dañinas que están al alcance de todos, incluidos los materiales de limpieza, que si logran tocar el cuerpo humano van a provocar una lesión.

“Finalmente se está dando el primer paso y si se logra incluirlo en la legislación penal del estado va a exteriorizar que existe esta clase de violencia”, anotó  durante la emisión conducida por Jorge de Dios Olán.

Reconoció que también se requieren políticas preventivas para que a la postre no tengamos el alto índice de casos que sí se ha reflejado en otros estados. El Estado mexicano está obligado a prevenir, combatir y sancionar todo lo relativo a la violencia, y esta es una forma de violencia de género.

Ante la propuesta para reducir el estándar probatorio del feminicidio, la magistrada del Tribunal Superior de Justicia recordó que en 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió una sentencia en relación a la investigación de la muerte violenta de Mariana Lima Buendía en la que  determina que el caso no había sido suficientemente estudiado para concluir que era un suicidio y ordenó reponer el procedimiento para determinar cuál fue la verdadera causa de la muerte, porque había la posibilidad de que haya sido víctima de una agresión por parte de su esposo.

En esa sentencia la primera sala del máximo tribunal del país brinda lineamientos para que las autoridades correspondientes forzosamente desarrollen líneas de investigación cuando hay violencia de género.

“Ahí determina que todo ese análisis y estudio de investigación debe realizarse bajo una perspectiva de género, que es un método para advertir si hay indicadores de violencia en el entorno de la víctima. Si bien como refirió el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, es una tarea difícil integrar una carpeta de investigación ya se han encontrado soluciones para facilitar esa actividad”, dijo.

El magistrado Gregorio Romero confió en que la iniciativa presentada en el Congreso por el diputado Cubero Cabrales sea revisada y discutida en comisiones unidas para que sea un trabajo realmente colectivo, bien armonizado, bien relacionado con las distintas partes del Código Penal, y se considere todo aquello que permita hacer algo en bien de las mujeres. “Creo que esto es un principio que va a ser muy bueno para todos”, finalizó.

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