Poder Judicial del Estado de Tabasco

Socializarán reforma civil y familiar entre periodistas y abogados



Villahermosa, Tab., 4 de septiembre de 2023.                                     No.- 040.

 

Socializarán reforma civil y familiar

entre periodistas y abogados

·        La Comisión de Implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares pondrá en marcha en octubre especializaciones para representantes de medios de comunicación

·        Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y consejeros de la Judicatura desmenuzan los orígenes e innovaciones de la reforma a la justicia civil y familiar

·        Procedimientos civiles y divorcios podrán tramitarse ante notarios públicos, siempre que la pareja no tenga hijos

 

Como parte del proceso de socialización de la reforma al sistema de justicia civil y familiar, la presidente de la primera sala civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Martha Patricia Cruz Olán, anunció que los días 7 y 14 de octubre se pondrá en marcha una capacitación especializada para representantes de medios de comunicación.

 

Indicó que el magistrado presidente Enrique Priego Oropeza, está preocupado por que todos estemos empapados de la reforma y por tanto, instruyó materializar su socialización para que comunicadores y periodistas conozcan rasgos generales del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, proceso en el que también se involucrará a litigantes, barras de abogados e instituciones públicas con los que se tiene correlación.

 

Con su homólogo Adelaido Ricárdez Oyosa y la consejera de la Judicatura, Isi Verónica Lara Andrade, la magistrada Cruz Olán fue entrevistada en el programa Al mediodía, de la Comisión de Radio y Televisión de Tabasco (Corat), donde expusieron la génesis y novedades de esta reforma que deberá estar en vigencia plena el 1 de abril de 2027.

 

         Entre las novedades de la legislación que consta de mil 191 artículos y 20 transitorios, Martha Patricia Cruz mencionó que se establece el divorcio bilateral que podrá tramitarse ante notario público y no será necesario que la pareja acuda ante un juzgado, con la salvedad de los casos en que existan hijos, en cuyo caso la autoridad jurisdiccional deberá proteger el interés superior de niños y adolescentes.

 

También ante un fedatario se podrá tramitar el nombramiento de tutor o curador o disolver la sociedad conyugal, para cambiar el régimen patrimonial de separación de bienes a mancomunidad de un matrimonio, así como lo que hasta ahora se conoce como juicio de apeo y deslinde.

 

Agregó que el juicio de alimentos se tramitará de manera rápida y cuando se pida el informe a la empresa sobre el monto del salario del deudor alimentario y ésta proporcione información falsa se le multará y determinará la responsabilidad solidaria del patrón sobre lo que haya omitido responder sobre el salario del demandado.

 

Otra novedad --dijo-- es un procedimiento más ágil de restitución internacional de menores. Relató que esta situación ocurre mucho en los municipios de Cárdenas y Huimanguillo de donde emigra la gente hacia Canadá o Estados Unidos y allá rehacen sus vidas. “Ha sucedido comúnmente que regresan ya con hijos y esa restitución internacional de menores no tenía un procedimiento legal para que se tramitara. Para subsanarlo se echaba mano de los principios contenidos en la Convención Americana de Restitución Internacional de Menores y del Código Procesal Civil federal”.

 

Por otra parte, la funcionaria del Tribunal Superior de Justicia reveló que al entrar en vigor el código nacional en sustitución de los 32 códigos civiles que existen en las entidades de la República se regula ya el cateo. Detalló que en el Código Procesal Civil de Tabasco se establecía un cateo sencillo. Ahora este procedimiento judicial se ciñe a las formalidades del artículo 16 constitucional, conforme la legislación procesal penal.

 

Al abundar sobre las innovaciones de la justicia digital, de la que se ocupa el libro octavo de la reforma, comentó que se establece la posibilidad de entablar demandas por medios electrónicos, presentar escritos por la misma vía y existe un juicio en línea, el cual tiene peculiaridades y un emplazamiento por adhesión.

 

“En ocasiones vamos a emplazar al demandado y en cuestiones de deudas no nos abren las puertas. Ahora, el actuario acudirá al domicilio y si no le reciben el documento al día siguiente va a poder colocar el emplazamiento en la puerta del domicilio del deudor”, apuntó.

 

Asimismo, explicó que, en los fraccionamientos con acceso restringido por medio de plumas, cuando no se permita ingresar al actuario éste podrá hacer uso de la fuerza pública y la persona que no lo deje pasar a la casa donde notificará puede ser sujeto de delito por obstrucción a la justicia.

 

La magistrada resaltó que el nuevo código procesal privilegia la conciliación para solucionar los conflictos. “La materia civil y sobre todo la familiar ha estado cargada por muchísimos asuntos, los juzgados se han saturado y se ha dado impulso a los medios alternos para que las partes puedan solucionar sus conflictos”, anotó.

 

A pregunta expresa, señaló que, en el caso de las personas desaparecidas, en la nueva legislación está incluida la declaración de ausencia y el código prevé un procedimiento muy rápido para que en caso de que haya hijos su representante o esposa puedan hacer uso de los bienes y acceso a los alimentos. “Será una declaración de ausencia y transcurrido cierto plazo podremos hablar de una presunción de muerte, sí se establecen muchas medidas en favor de la familia del ausente”, aseveró.

 

Procedimiento esencialmente oral

A su vez, Adelaido Ricárdez Oyosa, magistrado integrante de la segunda sala civil, se refirió al procedimiento del código nacional que es esencialmente oral. Éste tiene una fase postulatoria escrita, constituida por la demanda, contestación, reconvención y contestación a la reconvención. Se proveen los escritos de contestación y en ese documento se señala fecha para una audiencia que se denomina preliminar.

 

Actualmente, el Código de Procedimientos Civiles de Tabasco es predominantemente oral y se constriñe a dos audiencias, de previo y conciliación y de pruebas y alegatos. Con la reforma cambian de denominación para llamarse audiencia preliminar y ahí empieza la etapa oral. Si las partes presentaran un escrito se les devolvería, porque todo lo que se practique debe ser oral, precisó.

 

Ricárdez Oyosa manifestó que en esa audiencia se van a admitir las pruebas ofrecidas, se van a mandar a preparar y se resolverán excepciones previas al juicio. Sostuvo que existe la posibilidad de establecer acuerdos probatorios, se depurará el procedimiento y ahí mismo se señalará fecha para la siguiente audiencia que es la de juicio, donde se desahogarán las pruebas y, si la naturaleza del procedimiento lo permite, se dictará la sentencia, con lo que será muy ágil.

    

         Al reconocer el trabajo de magistrados y jueces para estudiar y capacitar a los integrantes del Poder Judicial, y próximamente a abogados y representantes de medios de comunicación, la consejera Isi Verónica Lara Andrade recordó que los antecedentes del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares se remontan a 2015.

 

En esa época un grupo de trabajo de especialistas y la ciudadanía participó en los Diálogos de Justicia Ciudadanía desde los que empezaron a compartir su percepción sobre el tema ya que existían 32 códigos de procedimientos en la materia y uno federal.

 

Para que se materializara el código nacional se registró la reforma de 2017 cuando se reformó la fracción 30 de artículo 73 de la Constitución y se estableció la obligación al Estado mexicano de que el Congreso de la Unión generara este código nacional que fue publicado finalmente el 7 de junio pasado en el Diario Oficial de la Federación.

 

Rememoró que ese mismo día el pleno de magistrados del Tribunal Superior de Justicia determinó se constituyera la Comisión de Implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares ya que se tiene una vacatio legis de cuatro años para concretar el sistema de justicia que será esencialmente oral.

 

Como parte de esa labor se dio comienzo a la socialización de la reforma en cuatro sesiones al personal del Poder Judicial, y el 18 de agosto dieron inicio cinco conversatorios profesionalizantes en los que se están analizando los diez libros de que consta este cambio de gran calado, para lo cual el Consejo de la Judicatura trabajó en un programa de capacitación y difusión muy amplio. 

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