Villahermosa, Tab., 13 de
junio de 2019. No.-
078.
Continúa
labor conjunta
de
jueces y magistrados
·
Se
llevó a cabo segundo conversatorio penal de jueces y magistrados tabasqueños;
analizaron registro de acuerdos reparatorios y ofrecimiento de pruebas, entre
otros temas
Para homologar criterios
que ayuden a la labor jurisdiccional y se dé a los justiciables lo que les
corresponde de acuerdo a la ley, magistrados y jueces del Tribunal Superior de
Justicia realizaron el segundo conversatorio penal, en el que se analizaron y
debatieron temas relacionados con su quehacer.
Gregorio
Romero Texquextle, presidente de la primera sala penal, informó que se busca
que las opiniones de jueces y magistrados sobre temas como registros de
acuerdos reparatorios, ofrecimiento de pruebas, pruebas documentales y
materiales y nulidad de juicios sean complementados, robustecidos, ratificados
y hasta contradichos.
Los
tópicos analizados en esta ocasión estuvieron a cargo de los jueces Ludwig
Ovando Ramón que puso sobre la mesa de análisis El adecuado registro de los acuerdos reparatorios y la suspensión
condicional; Nina León Guzmán, que disertó sobre El ofrecimiento de pruebas de la
defensa y descubrimiento probatorio; Jesús Vázquez Torres, con el tema La prueba documental y material; Ana
Gabriela Hernández Villegas, quien expuso sobre Nulidad de los juicios de inmediación, y María del Socorro González
Valencia quien abordó lo tocante a beneficios
sustitutivos de prisión.
Uno
de los asuntos que más interés generó fue el ofrecimiento de pruebas de la
defensa y descubrimiento probatorio analizado por la doctora en Derecho Judicial
Nina León Guzmán. Sus compañeros juzgadores coincidieron en que actualmente los
defensores particulares y públicos están cayendo en excesos al momento de
ofrecer sus medios de prueba hasta la fase oral de la audiencia intermedia
(donde se debe dar la admisión, depuración y el dictado de auto de apertura a
juicio), lo que afecta el principio de igualdad de las partes.
León
Guzmán explicó que esta práctica ha originado que las audiencias se difieran en varias ocasiones, y comentó que la ley es
clara, ya que en el artículo 340 del Código Nacional de Procedimientos Penales
se establece en qué momento se deben ofrecer dichos medios de prueba.
El
magistrado Samuel Ramos Torres indicó que esta situación tendría su origen
debido a una interpretación que se da al artículo 337 del Código Nacional de
Procedimientos Penales que puede
ser confuso, ya que en el último párrafo señala que "en caso de que el acusado o
el defensor requiera más tiempo para preparar el descubrimiento o su caso podrá
solicitar al juez de control, antes de celebrarse la audiencia intermedia o en
la misma, le conceda un plazo razonable y justificado para tal efecto" lo
que puede remontar a la teoría del caso.
El
juez Juan Guillermo Álvarez señaló que
este párrafo se refiere a la preparación de la defensa en base a los medios de
prueba que le ha presentado la Fiscalía y no para que haga descubrimientos
probatorios nuevos o tardíos.
El
doctor en Derecho Gregorio Romero destacó que es importante analizar la última
parte del artículo 337 de forma precisa, porque no se debe descuidar el tema de
la defensa adecuada, y no revolver conceptos, ya que una cosa son los datos de
prueba, otra los medios de prueba y otras las pruebas, al ser un tema donde se
pueden dar interpretaciones.
Coincidió
en que se debe cuidar el principio de igualdad de las partes intervinientes en
un juicio, esto es, que tanto la defensa como el fiscal del Ministerio Público estén
en las mismas condiciones.
Y
al ser un tópico que requiere un estudio más profundo sugirió que en otro
encuentro con jueces federales se pueda abordar y discutir para llegar a un justo medio.
El
magistrado Romero Tequextle recordó a jueces y magistrados reunidos en el
Centro de Especialización Judicial que la comisión elaboradora de criterios
jurídicos --integrada por los magistrados Eduardo Antonio Méndez Gómez, Lorenzo
Justiniano Traconis Chacón, y Lorena Concepción Gómez González, así como las
coordinadoras de compilación Ana Ruth Zurita Sánchez y Thelma Romero Olivé--,
trabajará estos temas para lograr el objetivo planteado para los
conversatorios.
Tras
su análisis del tema, El adecuado
registro de los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional, el juez Ludwig
Ovando Ramón aseveró que todos los
operadores jurídicos son responsables de que el modelo de procesamiento penal
funcione, por ello es necesario tocar estos temas con el objetivo de unificar
criterios divergentes, contribuir a que exista un control y seguimiento eficaz
de las salidas alternas al proceso y que accedan a ellas quienes realmente
tienen derecho.
***
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