Poder Judicial del Estado de Tabasco

Los senectos requieren justicia en vida, sostiene magistrado federal



Villahermosa, Tab., 7 de junio de 2019.                                               No.- 073.

 

Los senectos requieren justicia en vida, plantea magistrado federal

·        Al dictar la conferencia Derechos de las personas mayores, el presidente del tribunal colegiado en materia civil, expone necesidad de garantizar acceso a la justicia a este sector poblacional

·        Tengo una impresión excelente de la administración de justicia en Tabasco, afirma Jorge Arturo Porras Gutiérrez    

 

Al reconocer que en México cambió la visión que se tenía de los abuelos y el respeto a las personas mayores como fuente de sabiduría, el presidente del tribunal colegiado en materia civil del décimo circuito, Jorge Arturo Porras Gutiérrez, recomendó a los juzgadores locales de Tabasco garantizar el acceso a la justicia de las personas vulnerables, sin actuar al margen de la ley, y procurar la comunicación efectiva mediante sus sentencias.

“Hay cosas que hay que ir eliminando de nuestro lenguaje, para que no se diga que el Poder Judicial se cuece aparte: porque cada una de nuestras sentencias es criticada, diariamente somos evaluados por quienes acuden a nuestros tribunales, a nuestros juzgados”, comentó al dictar la conferencia Derechos de las personas mayores, a jueces del Tribunal Superior de Justicia.

Convocado por la Unidad de Igualdad de Género y Derechos Humanos  de la institución,  el magistrado Porras Gutiérrez planteó la necesidad de ser cuidadosos de los plazos procesales, para dar celeridad a los juicios,  y “que el justiciable reciba la justicia en vida”, e indicó que las normas jurídicas deben interpretarse de la forma más benéfica para el adulto mayor.

Señaló que en la entidad no ha conocido de “retardos groseros que impliquen la paralización de la justicia”, tal como recomienda evitar la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y destacó los aportes de la legislación estatal en materia civil en la que la carga dinámica de la prueba recae en quien tiene mayores posibilidades de aportarla.

Tengo una impresión excelente de Tabasco en cuanto a la impartición de justicia, veo una preocupación de las autoridades judiciales del estado por cuidar a los grupos vulnerables, esto es, menores, mujeres y los adultos mayores, subrayó , y expresó su confianza en que pase de la misma manera con los integrantes de comunidades indígenas.

El ex juez de distrito, quien ha laborado en su natal Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Veracruz y Tabasco, manifestó que desafortunadamente en el país ya no tenemos la cultura de respeto a los ancianos. “Hemos visto en los juicios como ocurre esta situación de despojo para con los adultos. Antes el respeto lo teníamos muy arraigado”, aseveró al narrar su experiencia personal pues todavía le tocó cooperar para la manutención y salud de su abuelita y en ese ejemplo trata de educar a sus hijos. 

Porras Gutiérrez exhortó a los juzgadores cuidar el desarrollo de los juicios de interdicción, y evitar el abuso mental de los adultos mayores, “lo que ocurre frecuentemente cuando tienen dinero. Sus hijos buscan un estado de interdicción para quedarse con los recursos y se desentienden de su aseo, alimentación y los someten a violencia familiar”.

Explicó que de acuerdo a las Cien Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, que se diera conocer durante la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, la protección de estas personas alcanza hasta sus descendientes.

Ejemplificó que si se demanda la revocación de una donación que hiciera un senecto la protección lo alcanza incluso después de muerto con la protección de su herencia y se beneficia a los herederos del anciano.

 

 

Necesario ponderar los casos

El presidente del tribunal colegiado en materia civil mencionó que por el solo hecho de ser menores de edad los infantes son considerados vulnerables, no obstante este principio no aplica en automático para los adultos mayores          --aquellos que rebasan los 60 años--, en cuyo caso debe demostrarse indefensión física, mental o económica.

La vulnerabilidad no implica vulnerar el equilibrio procesal, lo que a la postre puede dar como resultado la reposición de un juicio ante un amparo de la justicia federal. “La autoridad no puede declarar procedente lo improcedente ni actuar al margen de la ley, simplemente por el hecho de la edad”, apuntó.

Y citó como ejemplo de que no se puede tasar a todos los adultos por igual con su experiencia como miembro del Poder Judicial federal en una audiencia en la que participaba el ex candidato presidencial Diego Fernández de Cevallos, actualmente de 78 años.

“Los adultos mayores deben tener una defensa adecuada, no sólo como demandados sino también como actores en un juicio. Bajo este principio si llega Diego Fernández de Cevallos y esgrime (el requerimiento de ventajas en un juicio) por ser adulto mayor no podemos aceptarlo. Lo ví litigar y tiene mucha agilidad mental. Si nos dejamos, nos come a los jueces”, dijo.

Observó que conforme a los artículos 25, de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 17 del protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conocido como Protocolo de San Salvador, los adultos mayores constituyen un grupo vulnerable que merece especial protección del Estado, ya que su avanzada edad los coloca con frecuencia en una situación de dependencia familiar, discriminación e, incluso, abandono.

Agregó que los ancianos son vulnerables porque en un alto porcentaje son sujetos de desempleo o de condiciones precarias de trabajo y sufren, muy frecuentemente, carencias económicas y de seguridad social, lo que los convierte en personas dependientes y víctimas de un comportamiento adverso social hacia ellos.

Precisó que en materia de administración de justicia desafortunadamente se enfrenta el problema de que no siempre se pueden tramitar los juicios con la celeridad que marca la ley y en el caso de los adultos mayores esto se hace más dramático porque si los juzgadores no ponen más cuidado en que la impartición de justicia se haga dentro de los plazos legales, precisamente por la etapa delicada de su vida en la que se encuentran, se torna apremiante resolver las controversias en las que ellos participan.

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